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Se ha publicado la convocatoria de becas MEC para estudios universitarios curso 2018/19.
Plazo: Del 16 de agosto al 15 de octubre de 2018
Requisitos generales
Para tener derecho a beca deberán reunir los siguientes requisitos generales:
- Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de matrícula. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
- Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
Requisitos académicos para primer curso
Esta información es orientativa y no recoge todos los casos particulares que se pueden producir. Consulte la convocatoria para obtener una información más detallada.
– Para beca de matrícula :
- Quedar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria.
- Haber obtenido una nota de acceso (según la fórmula 0,6 NMB + 0,4 EBAU) o una nota de acceso de CFGS u otra prueba de acceso, de al menos 5,00 puntos
-Para obtener el resto de cuantías:
- Quedar matriculado del número de créditos que establece la convocatoria*
- Haber obtenido una nota de acceso (según la fórmula 0,6 NMB + 0,4 EBAU) o una nota de acceso de CFGS u otra prueba de acceso, de al menos 6,50 puntos.
Requisitos económicos
Además de los requisitos generales y académicos, deben reunirse unos requisitos económicos, atendiendo a los ingresos que haya percibido la unidad familiar en el ejercicio fiscal del año anterior (para el curso 2018-2019), se considera el año 2017, aplicando deducciones para determinadas situaciones (familias numerosas, solicitantes con discapacidad, etc.) cuyo detalle puede consultarse en la convocatoria.
Dichos requisitos económicos se establecen mediante unos umbrales o límites de renta (ver tabla al final de esta página), que determinarán los componentes de beca que pueden percibirse. Estos componentes de beca son, básicamente, cinco:
- Cuantía fija ligada a la renta (1.600 euros).
- Cuantía fija ligada a la residencia, a percibir únicamente si tiene necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso (1.500 euros).
- Beca de matrícula.
- Cuantía variable, que depende de la renta per cápita de la unidad familiar del alumno y de su nota media.
- Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico (entre 50 y 125 euros).
Por otra parte, existen otros límites que no pueden superarse para ser beneficiario de una beca, entre los que destacan:
- Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar, que no pueden superar los 1.700 euros durante el año 2016.
- Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias de la unidad familiar distintos de la vivienda habitual no podrán superar los límites establecidos en la convocatoria.
- Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades, que no pueden superar los 155.500 euros.
De esta forma, los componentes de beca que pueden corresponder al solicitante quedarán determinados por el umbral bajo el cual quede la renta de la unidad familiar durante 2016:
- Por debajo del umbral 3: Beca de matrícula y cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico.
- Por debajo del umbral 2: Beca de matrícula, cuantía fija ligada a la residencia, cuantía variable y cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico.
- Por debajo del umbral 1: Beca de matrícula, cuantía fija ligada a la residencia, cuantía fija ligada a la renta, cuantía variable y cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico.
No se reúnen los requisitos económicos si los ingresos familiares superan las cantidades establecidas en el umbral 3.
Hay que tener en cuenta que pueden existir limitaciones derivadas del tipo de estudios que curse el alumno, del número de créditos en que se haya matriculado, etc., que impidan percibir determinados componentes.
También conviene saber que ciertas circunstancias académicas, como la nota media, afectan al importe de algún componente, como la cuantía variable o la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico . Igualmente, otras situaciones, como la residencia en islas o la discapacidad del alumno, pueden dar lugar a la percepción de cantidades adicionales.
Umbrales de renta y cuantía de la beca |
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Nº de miembros de la unidad familiar | Umbral 1 | Umbral 2 | Umbral 3 |
Familias de 1 miembro | 3.771,00 € | 13.236,00 € | 14.112,00 € |
Familias de 2 miembros | 7.278,00 € | 22.594,00 € | 24.089,00 € |
Familias de 3 miembros | 10.606,00 € | 30.668,00 € | 32.697,00 € |
Familias de 4 miembros | 13.909,00 € | 36.421,00 € | 38.831,00 € |
Familias de 5 miembros | 17.206,00 € | 40.708,00 € | 43.402,00 € |
Familias de 6 miembros | 20.430,00 € | 43.945,00 € | 46.853,00 € |
Familias de 7 miembros | 23.580,00 € | 47.146,00 € | 50.267,00 € |
Familias de 8 miembros | 23.580,00 € | 50.333,00 € | 53.665,00 € |